Las trabajadoras del hogar forman parte indispensable del quehacer cotidiano, por lo que es necesario que las personas trabajadoras del hogar conozcan sus derechos y obligaciones laborales. Por ello, el 30 de marzo se conmemora el Día de la Persona Trabajadora del Hogar en reconocimiento a la labor que realizan las personas dedicadas al aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2021, en México se estiman 2.2 millones de personas de 15 y más años ocupadas en el trabajo doméstico remunerado. Esta cantidad representa 4% de los 53 millones de personas ocupadas en el país. El trabajo doméstico remunerado es una ocupación predominantemente femenina: 1.9 millones de mujeres de 15 y más años ocupan 88% de los puestos de trabajo en esta ocupación, mientras que los hombres cubren el restante 12% de las plazas laborales en esta ocupación.
Las trabajadoras del hogar tienen derecho a la Seguridad Social y ser beneficiarios de servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos; incapacidades, pensión por invalidez, fondo para el retiro y prestaciones sociales.
Algunos derechos son:
- Solicitar al patrón tu inscripción ante el IMSS.
- Recibir un trato digno, respetuoso y amable.
- A un descanso semanal de un día y medio como mínimo, salvo acuerdo entre las partes.
- Contar con condiciones de trabajo que aseguren tu vida y salud.
- Si habitas en el hogar donde prestas tus servicios:
- A que la retribución comprenda, además del pago en efectivo, los alimentos y habitación.
- Contar con una habitación cómoda e higiénica para dormir, así como una alimentación sana y suficiente
- Tomar 9 horas de descanso nocturno, así como un descanso diario de 3 horas entre el horario matutino y vespertino.
Obligaciones:
- Tener consideración y respeto hacia el patrón, su familia y personas que concurran en el hogar.
- Tener cuidado en la conservación de la casa.
- Derechos Trabajadoras del Hogar
- El trabajo del hogar es una de las ocupaciones más desprotegidas y mal remuneradas, con extensas jornadas de trabajo, sin cobertura de seguridad social y con mayor incumplimiento de normas laborales.
La población trabajadora del hogar remunerada que habite en la casa donde labora, tendrá por derecho:
- Nueve horas de descanso nocturno continuo.
- Descanso diario de tres horas entre el horario matutino y el vespertino.
- Un descanso semanal de día y medio.
- Contar con una habitación cómoda e higiénica.
- Alimentación sana y suficiente.
- Pago anual de 15 días de salario por concepto de aguinaldo o parte proporcional, según sea el caso.
- Trato digno, respetuoso y amable.
- Respeto a su condición física, étnica, religiosa, económica y preferencia sexual.
¿Qué datos debo conocer para la inscripción?
Patrón:
- CURP
- Correo electrónico personal
- Teléfono celular
- Persona trabajadora del hogar.
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Domicilio
- Salario base de cotización diario integrado
- Días trabajados.
- El aseguramiento de la persona trabajadora del hogar será a partir del mes inmediato posterior a su fecha de registro y por los días que labore en dicho domicilio.
- El trámite se debe realizar mes con mes.
Persona trabajadora del hogar:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Domicilio
- Dalario base de cotización diario integrado
- Días trabajados.

